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Es una iniciativa del gobierno de España que tiene como objetivo promover la movilidad sostenible mediante ayudas directas para la compra de vehículos eléctricos, híbridos enchufables y la instalación de puntos de recarga. Estas subvenciones están disponibles hasta finales de 2024, o hasta que se agote el presupuesto asignado.

El vídeo desarrolla el objetivo de las ayudas, define el sector y los usuarios a quienes están destinadas y las cantidades específicas en cada caso.

Vehículos que acoge el Plan MOVES III

El plan subvenciona turismos, furgonetas, motocicletas y cuadriciclos eléctricos, así como vehículos híbridos enchufables; deja fuera vehículos como camiones y autobuses eléctricos, además de ciclomotores.
Los vehículos deben tener un precio máximo de 45.000 euros (sin IVA), aunque se permite un límite mayor para turismos con hasta 8 plazas. También se incluyen vehículos usados siempre que no superen los 12 meses de antigüedad.
No es obligatorio achatarrar un coche viejo para recibir las ayudas, aunque si se hace, se pueden obtener bonificaciones adicionales.

Vehículos elegibles Programa MOVES III >>

Plan MOVES III Solicitud

Cada comunidad autónoma es responsable de gestionar las solicitudes. Las ayudas pueden solicitarse a través de entidades colaboradoras o directamente con la administración autonómica, dependiendo de la región. Es importante revisar las condiciones específicas de cada comunidad antes de hacer la solicitud.

Para más detalles sobre los requisitos, documentación y procesos para solicitar las ayudas del Plan MOVES III, puedes consultar la guía oficial del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), disponible en este enlace​.

PLAN MOVES III por Comunidad Autónoma

Requisitos Plan MOVES III

  1. Residencia: Ser residente en España. Pueden solicitar las ayudas tanto personas físicas como jurídicas (particulares, empresas, autónomos, comunidades de propietarios).
  2. Vehículo:
    • Debe ser nuevo y estar incluido en la lista de modelos homologados por el programa.
    • En caso de aplicar, el vehículo a sustituir debe tener más de 7 años y ser dado de baja definitiva en la DGT.
  3. Puntos de recarga: Las ayudas pueden solicitarse para la instalación de puntos de recarga, que pueden ser de acceso público o destinados a particulares, empresas o comunidades de vecinos.
  4. Plazos: Las solicitudes deben presentarse dentro de los plazos establecidos por la comunidad autónoma correspondiente.
  5. Documentación:
    • Formulario de solicitud: Debidamente cumplimentado, disponible en las páginas oficiales de cada comunidad (detalladas anteriormente).
    • DNI o CIF: Documento que acredite la identidad del solicitante (ya sea persona física o jurídica).
    • Justificante de compra: Factura y contrato de compraventa del vehículo eléctrico o de la instalación del punto de recarga.
    • Permiso de circulación y ficha técnica: En caso de sustitución de un vehículo, se debe aportar el permiso de circulación y la ficha técnica del vehículo a retirar.
    • Certificado de baja definitiva del vehículo: Documento que acredite la baja definitiva del vehículo anterior en la Dirección General de Tráfico (DGT), si es aplicable.
    • Certificado de estar al corriente de pagos: Certificados que demuestren que el solicitante está al día en sus obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
    • Justificante bancario: Documento que indique la cuenta bancaria en la que se realizará el ingreso de la ayuda en caso de ser aprobada.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tardan en pagarte el Plan MOVES III?

El tiempo de espera para recibir las ayudas puede variar significativamente según la comunidad autónoma y la disponibilidad de fondos. Hasta la fecha, solo se ha ejecutado el 50% del presupuesto solicitado, y algunas comunidades como Cataluña han gestionado el 68% de las solicitudes, mientras que otras, como Asturias, han tramitado solo el 13%. Por lo tanto, los tiempos de pago pueden ser lentos en algunas regiones, pudiendo demorarse varios meses.

¿Cuáles son las subvenciones del Plan MOVES III?

  • Turismos eléctricos: hasta 7.000 euros con achatarramiento, o 4.500 euros sin él.
  • Híbridos enchufables: hasta 5.000 euros con achatarramiento, o 2.500 euros sin él.
  • Furgonetas eléctricas: hasta 9.000 euros.
  • Motos eléctricas: hasta 1.300 euros.

Además, se ofrecen ayudas de hasta el 80% del coste para la instalación de puntos de recarga en municipios pequeños (menos de 5000 habitantes).

¿Es obligatorio achatarrar un vehículo viejo?

No es obligatorio achatarrar un coche viejo para acceder a las ayudas del Plan MOVES III, pero hacerlo puede aumentar la cantidad de la subvención recibida. Esto aplica tanto a particulares como a empresas.

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